Minucias del lenguaje - José G. Moreno de Alba, publicadas por el FCE.
Minucias del lenguaje - José G. Moreno de Alba, publicadas por el FCE.
UN HISPANOHABLANTE MEXICANO puede pensar que los verbos alquilar y rentar son sinónimos y que ambos significan "dar a alguien algo -especialmente una finca urbana- para que use de ello por el tiempo que se determine y mediante el pago de la cantidad convenida". Sin embargo, de acuerdo con el DRAE, esa significación sólo corresponde al verbo alquilar (de origen árabe). Rentar (proveniente del latín), por su parte, significa que una cosa produzca o rinda beneficio o utilidad anualmente: yo alquilo una casa y gracias a ello obtengo un beneficio de cien mil pesos anuales o, también, yo alquilo una casa y pago por ello una cuota de cien mil pesos anuales. Por su parte, el que alquila esa casa, el propietario, obtiene por ello una renta, un beneficio de cien mil pesos anuales. Alquilar es adquirir (o dar), temporalmente, algo; rentar es obtener utilidades. Por el alquiler de una casa se obtiene una renta. En el testamento de Juan de Ayala (1658) se lee: "Y el molino ha estado muchos días sin rentar grano de trigo" (es decir, sin producir grano de trigo). En un texto de Quirós (1656) está el siguiente pasaje: "Vino uno y alquiló el cuarto bajo con cargo de alquilar otros" (esto es: adquirió temporalmente el cuarto bajo).
        El verbo alquilar ('adquirir temporalmente algo') tiene hoy plena vigencia en todo el mundo hispánico. El verbo rentar -no el sustantivo renta- con el significado preciso de 'obtener utilidades', es de escaso empleo en el español actual; se prefieren otros verbos, como producir, por ejemplo. Sin embargo en la lengua española de México, rentar es de uso frecuente o habitual, aunque con el significado de alquilar (y no con el que, según el DRAE, le corresponde, es decir 'obtener utilidades'). En México decimos, casi con la misma frecuencia, "renté una casa" que "alquilé una casa", "la renta de una casa" que "el alquiler de una casa". No pocos lexicógrafos y dialectólogos consideran que el empleo de rentar por alquilar es un anglicismo. Lo que parece indudable es que, aunque hay cierta afinidad y semejanza entre los sustantivos alquiler ('precio en que se alquila algo') y renta ('aquello que paga en dinero un arrendatario'), no hay semejanza evidente entre los verbos rentar ('que algo rinda utilidad') y alquilar ('adquirir algo temporalmente'). Este último significado, en inglés, se manifiesta por el verbo to rent. La frase inglesa publicitaria "rent a car" se traduce en español como "alquile un coche". En México, lo más común es traducirla como "rente un coche (o -para usar otro anglicismo- un carro)". Me atrevo a pensar que el origen de la confusión mexicana de rentar y alquilar se origina al trasladar a estos verbos la contaminación de significados observable en los sustantivos renta y alquiler: si un alquiler es también una renta, rentar puede valer por alquilar. No niego empero que esta contaminación, además, pudo verse apoyada por el inglés to rent.

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