Minucias del lenguaje - José G. Moreno de Alba, publicadas por el FCE.
Minucias del lenguaje - José G. Moreno de Alba, publicadas por el FCE.
UNA DE LAS NUMEROSAS ADICIONES de la vigésima primera entrega del DRAE (1992) es la entrada correspondiente a beicon: "del ingl. bacon, panceta ahumada". Por su parte, panceta no es otra cosa, según el mismo Diccionario, que una 'hoja de tocino entreverada con magro'; y, finalmente, por tocino debe entenderse un 'panículo adiposo, muy desarrollado, de ciertos mamíferos, especialmente del cerdo'. En resumen, beicon o panceta es, según el lexicón oficial, un tipo de tocino. Independientemente de las observaciones particulares que podrían hacerse a esas definiciones (por ejemplo: ¿todo beicon es ahumado?, ¿se emplea la voz tocino aplicado a otro animal que no sea el cerdo?, etc.), me interesa, sobre la base de esta inclusión de un vocablo, hacer una reflexión de carácter más general sobre ese instrumento esencial para el conocimiento del español que es el Diccionario de la Academia madrileña.
        Mientras ese lexicón siga sin considerar el español de España, y, más precisamente el de Madrid, sólo como uno de muchos otros dialectos de la lengua española, sin que esto signifique negar su gran importancia, persistirán errores como el de incluir un anglicismo (beicon, en el caso del ejemplo) en el nivel del vocabulario general de la lengua y no sólo en el propio de alguna o algunas de sus variedades. Trataré de explicarme. Cuando los redactores del Diccionario consideran que tal o cual voz es propia de sólo algunos dialectos y no de toda la lengua española, lo explican, antes de la definición, con una abreviatura del lugar en que ese vocablo se emplea. Así, sea por caso, la quinta acepción de banqueta ('acera de la calle') viene precedida del señalamiento "Guat. y Méj.", lo que quiere decir que sólo en Guatemala y México (con j) tiene ese sentido. No parece mal, siempre y cuando apareciera también, de ser necesaria, la explicación de que determinado término o acepción es propio del español de España (o del madrileño). Sin embargo esto no sucede. Lo que tácitamente se está con ello afirmando es algo así como lo siguiente: si determinado rasgo lingüístico (ya sea fonético, gramatical, léxico o semántico) de alguno de los dialectos hispánicos no se produce en el dialecto madrileño, se considerará precisamente un rasgo dialectal, regional de la lengua española. Por lo contrario, si un rasgo lingüístico (beicon, por ejemplo) no se da en todos los dialectos pero sí en el madrileño, ello bastará para que sea explicado como voz general de la lengua española (como casa, mesa o pared). El asunto no es de poca monta, pues lo que tácitamente se está diciendo es que hay una real identificación de la lengua española total con el español madrileño. Independientemente de que pueda o no considerarse esto como un agravio a los hispanohablantes de todo el mundo, cosa que debería evidentemente ser tomada en cuenta, lo más importante es que, desde un punto de vista enteramente científico (sin resabios nacionalistas de ninguna especie), supone una grave impropiedad considerar a uno de los dialectos (el madrileño) de determinada lengua (el español) como la totalidad de ese sistema lingüístico. Es una manera evidente, aunque quizá inconsciente, de restarle grandeza a la lengua española.

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