Minucias del lenguaje - José G. Moreno de Alba, publicadas por el FCE.
Minucias del lenguaje - José G. Moreno de Alba, publicadas por el FCE.
CASI CUALQUIER DICCIONARIO registra la voz descentralizar, parasintética en cuanto que está constituida por una raíz (central), un sufijo (-izar) y un prefijo (des-). Suele definirse más o menos con estas palabras: 'transferir a diversas corporaciones parte de la autoridad que antes ejercía el gobierno supremo del Estado'. Lo contrario, centralizar, es, entre otras cosas, "asumir el poder público facultades atribuidas a organismos locales". Por ello puede hablarse de centralista ('partidario de la centralización') y de centralismo ('doctrina de los centralistas'). Se trata de términos propios de las jergas política y económica. Véase que, en México por ejemplo, el sistema de estados federados (libres y soberanos) e incluso el municipio libre son muestras de una política descentralizadora.
        Por lo contrario, el verbo desconcentrar no aparece consignado en casi ningún diccionario general, aunque sí su antónimo concentrar, una de cuyas acepciones es 'reunir en un centro o punto lo que estaba separado'. Desconcentrar debe verse como un neologismo técnico, perteneciente como el anterior al terreno de la política y, sobre todo, de la administración, aunque quizá con menor dispersión que descentralizar entre los hablantes comunes, lo que podría explicar su ausencia en los lexicones.
        Tal vez el sentido con el que se emplea mayormente sea el siguiente: 'conceder, por parte del poder central de un Estado a sus delegados o agentes locales, un poder de decisión directa en determinados asuntos relacionados con la administración central'. Como se ve, en la desconcentración no hay descentralización, pues el poder lo sigue ejerciendo el centro, a través de sus delegados. Si el municipio libre es ejemplo de una política descentralizadora, las delegaciones de las secretarías (Educación o Salud, por ejemplo) en cada uno de los estados de la Federación no son otra cosa que efectos de una administración de desconcentración de funciones propias del Poder Ejecutivo central. Me parece, por tanto, que la descentralización es un concepto predominantemente político, mientras que la desconcentración es sobre todo un proceso administrativo.
        Me da la impresión de que en el español mexicano se emplean con bastante imprecisión estos dos vocablos, a tal grado que en ocasiones parecen simples sinónimos. Convendría por ende que, primeramente, se vea si en efecto funciona aquí una oposición semántica semejante a la explicada arriba (u otra diferente) y, de ser así, definir con precisión el sentido de una y otra voz y proponer la inclusión de ambas en el DRAE.

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